CONVOCATORIA PARA INTEGRAR EL COMITÉ OPERATIVO AMPLIADO QUE PARTICIPARÁ EN LA ELABORACIÓN DEL DECRETO SUPREMO QUE ESTABLECE METAS DE RECOLECCIÓN Y VALORIZACIÓN Y OTRAS OBLIGACIONES ASOCIADAS DE PILAS
En el marco de la ley Nº 20.920, ley marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje, el Ministerio del Medio Ambiente convoca a las siguientes entidades a postular para integrar un comité operativo ampliado con el fin de apoyar en la elaboración del decreto supremo que establecerá metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas para pilas:
- Un representante de las asociaciones de municipalidades.
- Cuatro representantes de productores de pilas, propuestos por asociaciones gremiales del sector o directamente por una de estas empresas.
- Un representante de productores de pilas que constituyan empresas de menor tamaño, según los criterios establecidos en el artículo segundo de la ley N°20.416, propuesto por asociaciones gremiales del sector o directamente por una de estas empresas.
- Tres representantes de gestores de residuos, propuestos por asociaciones gremiales del sector o directamente por una de estas empresas.
- Un representante de los consumidores, nominado por asociaciones de consumidores que cumplan con lo establecido en el párrafo II, del Título Segundo de la Ley N° 19.496. o bien por asociaciones gremiales de empresas de transporte u otras empresas que demuestren ser generadoras de residuos de pilas.
- Un representante de los recicladores de base, propuesto por un mínimo de 50 recicladores de base de registrados en la Ventanilla Única.
- Un profesional experto, nominado por las Universidades Autónomas.
- Un representante de una Organización No Gubernamental (ONG) que tenga como objetivo el cuidado del medio ambiente.
- Un representante de los comercializadores y distribuidores de pilas, propuestos por empresas del sector.
Estas entidades deberán proponer representantes titulares y suplentes, según se indica en la Resolución N°22 del 08 de enero del año 2021, del Ministerio del Medio Ambiente.
Podrá postularse a personas naturales que tengan y acrediten representatividad, experiencia y conocimientos del sector respectivo. Asimismo, y cuando corresponda, se tendrá en consideración la preponderancia de las entidades representadas.
Esta postulación deberá consignar:
- El nombre y domicilio de las entidades, cuando corresponda.
- Los documentos que acrediten el giro social o el objetivo, la personalidad jurídica y la fecha de constitución de las mismas, cuando corresponda.
- El currículo vitae de los representantes propuestos como titular y suplente, en el cual se acredite su idoneidad para representar al sector correspondiente.
- Una carta firmada de cada representante manifestando su voluntad y compromiso a integrar el Comité en caso de ser seleccionado.
Las postulaciones deberán realizarse a través del correo electrónico REP-comite-pilas@mma.gob.cl o a las oficinas de parte del Ministerio del Medio Ambiente a lo largo del país y hasta el día 11 de febrero de 2021.
Puede consultar más detalles en la Resolución Exenta Nº 1422, del año 2020, del Ministerio del Medio Ambiente diario oficial, o enviar sus consultas al correo.
Descargar Resolución N°1422 del 2020
Resolución N°22 del 08 de enero del año 2021